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ASOCIACIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS DE HONDURAS (ASOJMAH)

 


      

A la Comunidad Nacional e Internacional pone en conocimiento lo siguiente:

CONSIDERANDO: Que la Asociación de Jueces y  Magistrados de Honduras es una Asociación que aglutina a la gran  mayoría de los Jueces y  Magistrados de todo el país.-

CONSIDERANDO: Que el respeto a las decisiones judiciales en un estado democrático de derecho es exigible, ante todo, a los funcionarios de los demás poderes por constituir, no un privilegio de Juez o Magistrado, sino un derecho fundamental con que cuentan los ciudadanos para la convivencia segura y pacifica.-

CONSIDERANDO: Que las actuaciones que realizaron los funcionarios judiciales  en el caso por todos conocido que tiene convulsionado al país, han sido enmarcadas estrictamente en apego a la Constitución, Tratados Internacionales y  las Leyes vigentes, es así que en fecha dieciocho de junio del  dos mil nueve, el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo libro una y por segunda y tercera vez comunicación judicial al  Presidente de la República, por medio de la  secretaría General  en el despacho  de la presidencia a fin de que dentro del plazo de cinco días informara qué medidas había adoptado para dar cumplimiento a la sentencia interlocutoria que suspendía la encuesta popular por ser ilegal de lo cual no se obtuvo respuesta alguna. Asimismo con fecha veintiséis de junio del  dos mil nueve,  a raíz del requerimiento fiscal presentado el día anterior por el  Ministerio Público contra el ciudadano JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES por  delitos CONTRA LA FORMA DE GOBIERNO, TRAICIÓN A LA PATRIA, ABUSO DE AUTORIDAD, Y USURPACIÓN DE FUNCIONES, a titulo de autor en perjuicio de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y  EL ESTADO  DE HONDURAS, el pleno de la Corte Suprema de Justicia por UNANIMIDAD  de votos nombró a uno  de sus Magistrados para que conociera el proceso en las etapas preparatorias e intermedia, mismo que admitió el requerimiento y dictó orden de captura y  allanamiento contra el ahora Ex Presidente de la República Don MANUEL ZELAYA ROSALES.-

CONSIDERANDO: Que en fecha veintiséis de junio del  dos mil nueve, a solicitud del  Ministerio Público,  el  Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo  libró ordenes a la Policía Nacional para que dada -la desobediencia del Poder Ejecutivo- de suspender toda actividad relacionada con la consulta o encuesta declarada ilegal que se llevaría acabo el día domingo veintiocho de junio, se procediera al decomiso de todo el material  de la encuesta que se utilizaría en esa actividad y la dejara en deposito en las bodegas de la fuerza aérea, de donde el señor presidente en abierta desobediencia a la resolución judicial las fue a rescatar ignorando la orden judicial que es parte del estado de derecho de este país en el cual vivimos bajo un gobierno de leyes y de autoridades constituidas bajo las mismas a las cuales hay que respetar y obedecer.

CONSIDERANDO: Que Honduras dentro de los pueblos o países de Latinoamérica, ha dado muestras claras que no está dispuestos a tolerar abusos de poder, porque es conciente que el estado de derecho así como da mecanismos para -elegir y ser electo-  también permite  -destituir- lo cual refiere que el hecho de que un Presidente sea electo constitucionalmente no significa que tiene licencia para realizar actuaciones al margen de la ley y que por ostentar esa condición su status los coloca por encima del  ordenamiento Constitucional,  Legal y por sobre las resoluciones judiciales.

Por lo Antes expuesto la Asociación de Jueces y Magistrados de Honduras ASOJMAH declara:

PRIMERO: Que de los antecedentes antes relacionados se desprende que  la acción realizada por las Fuerzas Armadas de Honduras y la Policía Nacional fue basada en  ordenes judiciales procedentes de autoridad competente  y su propósito fue hacer valer las decisiones judiciales que reiteradamente se estaban incumpliendo por el titular del Poder Ejecutivo en abierto irrespeto a  la Constitución, las leyes y las disposiciones del Poder Judicial.-

SEGUNDO: Que como resultado se logró hacer prevalecer  la constitución política y el Estado de Derecho que quedó a salvo al haberse actuado dentro  de los preceptos legales  para defenderlo contra todo aquel que ilegalmente se anteponga al Imperio de la Ley.

TERCERO: Lo anterior se hace de conocimiento de los Organismos Internacionales para dejar constancia que hubo un procedimiento previo basado en el ordenamiento jurídico y que las resoluciones emitidas por los Tribunales competentes,  enmarcada dentro  de los preceptos legales fueron incumplidas razón por la que también procedieron los mecanismos para hacerlos cumplir.

CUARTO: La lección que dio Honduras a América Latina y al mundo entero aun cuando la prensa internacional, los organismos internacionales y gobiernos alrededor del mundo, no han comprendido aún el contexto y la esencia de este caso, y han condenando lo que ha sucedido en Honduras porque lo han visto bajo el prisma de los conceptos propios del viejo paradigma de los golpes de estado, no opaca lo grandioso y la lección que este pueblo está dando ya que sin derramamiento de sangre se ha alzado para defender su  estado de derecho manifestado a través de leyes,  resoluciones y sentencias de los Tribunales, lo que se ira comprendiendo en el transcurso del tiempo y la historia nos premiará, dado que lejos de haber un rompimiento del orden constitucional como se quiere hacer ver por ser propio de épocas pasadas, lo que hubo es un restablecimiento y afirmación de dicho orden en el cual queremos vivir y defendemos como quedo demostrado, ya que aun cuando se trató de un Presidente constitucional y democráticamente electo, hay conciencia social que tal condición no da derecho a estar por encima de la Constitución,  las Leyes de la República y las resoluciones judiciales que como gremio judicial estamos obligados a defender para la seguridad jurídica de este país.

Atentamente,

ASOCIACIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS DE HONDURAS (ASOJMAH

 

 

 
   

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