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     Denuncian a Garré y la cúpula del Ejército por violación
               de secretos de Estado y falsedad ideológica

Se trata de dos presentaciones sobre el mismo hecho

__________________________________

 

El 9 de marzo de 2010, la Arq. LILIANA RAFFO DE FERNÁNDEZ CUTIELLOS, viuda del Tte. Coronel HORACIO FERNÁNDEZ CUTIELLOS, muerto en combate en el ataque a La Tablada, durante el gobierno del Dr. ALFONSÍN, patrocinada por los abogados Carlos Alfredo TÓRTORA y Enrique A. PIRAGINI, en representación de A.R.I.E.L, la organización no gubernamental que trabaja reclamando seguridad, ha radicado una denuncia por ante la Excma. Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal con motivo de la irresponsable publicación de listados de personas supuestamente involucradas en tareas de inteligencia, por parte de altos jefes militares que dependen de la Ministro de Defensa de la Nación. La denuncia es dirigida contra el actual Jefe de Inteligencia del Ejército, Gral. CÉSAR MILANI, el Secretario General del Ejército, Gral. HUGO DOMINGO BRUERA, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército (EMGE), general de división Luis Pozzi, sus cómplices, partícipes, instigadores y encubridores. El hecho denunciado consiste en haber incluido indebidamente a su fallecido esposo, el Teniente Coronel HORACIO FERNÁNDEZ CUTIELLOS, en el listado de personas sindicadas como quienes habrían desarrollado actividades represivas, colocándola, tanto a ella como a su familia, en situación de vulnerabilidad y lesionando el honor de quien diera su vida en defensa de las instituciones democráticas.

A través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional, se ordenó: “Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983".

En los Considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia.

El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere.

En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial.

Bajo ninguna circunstancia debería revelarse un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial" y mucho menos publicarse en un medio gráfico de circulación masiva como la Revista XXIII.

Ese irresponsable y tendencioso accionar implica violación de secretos, falsedad ideológica y violación de los deberes de funcionario público, debiendo responder no sólo sus autores inmediatos sino también la Ministro de Defensa por su responsabilidad funcional “in vigilando” al omitir sus deberes de funcionario público.

Esta gravísima situación genera inseguridad y coloca en situación de vulnerabilidad e indefensión a todas aquellas personas cuya identidad debería haberse preservado, pues dicha sensible información únicamente debía brindarse ante determinadas circunstancias y condiciones a jueces que investiguen supuestas violaciones a los derechos humanos y al H. Congreso Nacional, a través de la Comisión Bicameral correspondiente.

El actual Director de Inteligencia Militar ha cometido uno de los actos de traición ciertamente más arteros que se pueden pergeñar en contra del propio sistema de defensa, vulnerando a la vez la seguridad de su propio personal y familias. El texto de la denuncia es el siguiente:

DENUNCIAN DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA.

Excma. Cámara:

LILIANA RAFFO DE FERNÁNDEZ CUTIELLOS, por mi derecho, con el patrocinio letrado de Carlos Alfredo TORTORA y Enrique A. PIRAGINI, abogados (CPACF Tº 22 Fº 23 y Tº 55 Fº 865, respectivamente), constituyendo domicilio en Uruguay 485, 3° “R02”, Zona 119, (TE 154-159-8401) a V.E. respetuosamente digo:

Vengo a solicitar se designe juzgado instructor a fin de determinar la posible existencia de distintos delitos de acción pública, con motivo de la irresponsable publicación de listados de personas supuestamente involucradas en tareas de inteligencia, por parte de altos jefes militares que dependen de la Ministro de Defensa de la Nación. La denuncia es dirigida contra el actual Jefe de Inteligencia del Ejército, Gral. CÉSAR MILANI, el Secretario General del Ejército, Gral. HUGO DOMINGO BRUERA, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército (EMGE), general de división Luis Pozzi y su responsable funcional la Ministro de Defensa de la Nación NILDA GARRÉ, sus cómplices, partícipes, instigadores y encubridores, por violación de secretos, falsedad ideológica y omisión y violación de los deberes de funcionario público. El hecho denunciado consiste en haber dado estado público a una sensible información que reviste calidad de secreto de Estado, y únicamente podría haber sido provista, por orden judicial, “en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia” y sin embargo trascendió, con aviesa intencionalidad persecutoria y discriminatoria, a un ente afín al gobierno y a un medio gráfico también allegado al oficialismo que publicara una lista de personas supuestamente vinculadas a dichas tareas, colocando en situación de vulnerabilidad a las mismas y a sus familiares, llegándose al extremo de haber incluido en esos listados a personas que nunca participaron en esa clase de tareas. A través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional, se ordenó: “Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983".

En los Considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia.

El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere.

 

En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial.
 Bajo ninguna circunstancia debería revelarse un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial" y mucho menos publicarse en un medio gráfico de circulación masiva como la Revista XXIII.

 

Ese irresponsable y tendencioso accionar implica violación de secretos, falsedad ideológica y violación de los deberes de funcionario público, debiendo responder no sólo sus autores inmediatos sino también la Ministro de Defensa por su responsabilidad funcional “in vigilando” al omitir sus deberes de funcionario público.

Esta gravísima situación genera inseguridad y coloca en situación de vulnerabilidad e indefensión a todas aquellas personas cuya identidad debería haberse preservado, pues dicha sensible información únicamente debía brindarse ante determinadas circunstancias y condiciones a jueces que investiguen supuestas violaciones a los derechos humanos y al H. Congreso Nacional, a través de la Comisión Bicameral correspondiente

En efecto, quince días atrás, se difundió la extensa nómina del personal que revistó bajo la dependencia de la Jefatura de Inteligencia de Ejército durante el último gobierno militar, gracias a que la Jefatura de Inteligencia del Ejército proporcionó la información, entregándosela además a varios organismos de derechos humanos.

El listado, que fue publicado en una separata por el semanario Veintitrés, incluye 4300 nombres, de los cuales 1599 corresponden a agentes civiles de inteligencia (PCI) y 345 a militares. El documento lleva la firma del actual Jefe de Inteligencia del Ejército, General César Milani, y fue entregado al Juez Federal Ariel Lijo por el titular del Archivo para la Memoria, Ramón Torres Molina.

Reporteado por elargentino.com pocos días después de que se difundiera el documento, el Secretario General del Ejército, General Hugo Domingo Bruera aplaudió el hecho en los siguientes términos:

“Es muy favorable y más aún teniendo en cuenta que la nómina del personal civil que revistió en el Batallón también fue firmada por el actual director general de Inteligencia, César Milani. ¿Por qué? Porque este tipo de apertura permite reflejar que el Ejército no tiene nada que ocultar. Es bueno que se conozca qué pasó y quién era cada uno. El actual Ejército no quiere cargar con mochilas de otra época, problemas que no nos pertenecen. Al contrario. Desde la Secretaría General estamos impulsando la política de despegue de los actuales oficiales de los antiguos problemas. Por eso, también lamentamos que en esa nómina se hayan filtrado algunas inexactitudes.” Esta afirmación evidencia el grado mayúsculo de irresponsabilidad al señalar abiertamente a personas que ni siquiera participaron de esas tareas de inteligencia, a la vez que hace trascender al público información sensible y privada, pudiendo instigar a la violencia contra personas supuestamente intervinientes en actividades represivas.

 

En dicho listado se incluyó a mi difunto esposo, el Tte. Coronel HORACIO FERNÁNDEZ CUTIELLOS, muerto en combate en el ataque a La Tablada, durante el gobierno del Dr. ALFONSÍN, vulnerando su memoria y afectando directamente a sus hijos y a sus familiares, quienes hemos reclamado contra los aquí denunciados para que rectifiquen dicho “error”, sin obtener respuesta alguna.
 Adelanto que asumiré el rol de querellante no solo como ciudadana sino también en aras del interés difuso ínsito en el art. 43 de la Carta Magna local y Nacional, ya que hechos como los descriptos generan inseguridad en la población.

 

Proveer de conformidad, SERA AFIANZAR LA JUSTICIA.

Arq. LILIANA RAFFO DE FERNÁNDEZ CUTIELLOS

CARLOS ALFREDO TORTORA                   ENRIQUE A. PIRAGINI


 

La violación de secretos de Estado

El 9 de marzo de 2010, los abogados Carlos Alfredo TORTORA y Enrique A. PIRAGINI, en representación de A.R.I.E.L.somos todos.ong, la organización no gubernamental que trabaja reclamando seguridad, han radicado una denuncia por ante la Excma. Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal con motivo de la irresponsable publicación de listados de personas supuestamente involucradas en tareas de inteligencia, por parte de altos jefes militares que dependen de la Ministro de Defensa de la Nación. La denuncia es dirigida contra el actual Jefe de Inteligencia del Ejército, Gral. CÉSAR MILANI, el Secretario General del Ejército, Gral. HUGO DOMINGO BRUERA, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército (EMGE), general de división Luis Pozzi, sus cómplices, partícipes, instigadores y encubridores. El hecho denunciado consiste en haber dado estado público a una sensible información que reviste calidad de secreto de Estado, y únicamente podría haber sido provista, por orden judicial, “en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia” y sin embargo trascendió, con aviesa intencionalidad persecutoria y discriminatoria, a un ente afín al gobierno y a un medio gráfico también allegado al oficialismo que publicara una lista de personas supuestamente vinculadas a dichas tareas, colocando en situación de vulnerabilidad a las mismas y a sus familiares, llegándose al extremo de haber incluido en esos listados a personas que nunca participaron en esa clase de tareas.

A través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional: “Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983".

En los Considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia.

El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere.

En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial.

Bajo ninguna circunstancia debería revelarse un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial" y mucho menos publicarse en un medio gráfico de circulación masiva como la Revista XXIII.

Ese irresponsable y tendencioso accionar implica violación de secretos, falsedad ideológica y violación de los deberes de funcionario público, debiendo responder no sólo sus autores inmediatos sino también la Ministro de Defensa por su responsabilidad funcional “in vigilando” al omitir sus deberes de funcionario público.

Esta gravísima situación genera inseguridad y coloca en situación de vulnerabilidad e indefensión a todas aquellas personas cuya identidad debería haberse preservado, pues dicha sensible información únicamente debía brindarse ante determinadas circunstancias y condiciones a jueces que investiguen supuestas violaciones a los derechos humanos y al H. Congreso Nacional, a través de la Comisión Bicameral correspondiente.

El actual Director de Inteligencia Militar ha cometido uno de los actos de traición ciertamente más arteros que se pueden pergeñar en contra del propio sistema de defensa, vulnerando a la vez la seguridad de su propio personal y familias.

El texto de la denuncia es el siguiente:

DENUNCIAN DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA.

Excma. Cámara:

Carlos Alfredo TORTORA y Enrique A. PIRAGINI, abogados (CPACF Tº 22 Fº 23 y Tº 55 Fº 865, respectivamente), como ciudadanos y en representación de A.R.I.E.L. somos todos.ong (ARGENTINA RECUPERA IDONEIDAD EN LIBERTAD, ong inscripta en CENOC bajo el nº 10427) constituyendo domicilio en Uruguay 485, 3° “R02”, Zona 119, (TE 154-159-8401) a V.E. respetuosamente decimos:

Venimos a solicitar se designe juzgado instructor a fin de determinar la posible existencia de distintos delitos de acción pública, con motivo de la irresponsable publicación de listados de personas supuestamente involucradas en tareas de inteligencia, por parte de altos jefes militares que dependen de la Ministro de Defensa de la Nación. La denuncia es dirigida contra el actual Jefe de Inteligencia del Ejército, Gral. CÉSAR MILANI, el Secretario General del Ejército, Gral. HUGO DOMINGO BRUERA, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército (EMGE), general de división Luis Pozzi y su responsable funcional la Ministro de Defensa de la Nación NILDA GARRÉ, sus cómplices, partícipes, instigadores y encubridores, por violación de secretos, falsedad ideológica y omisión y violación de los deberes de funcionario público.

El hecho denunciado consiste en haber dado estado público a una sensible información que reviste calidad de secreto de Estado, y únicamente podría haber sido provista, por orden judicial, “en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia” y sin embargo trascendió, con aviesa intencionalidad persecutoria y discriminatoria, a un ente afín al gobierno y a un medio gráfico también allegado al oficialismo que publicara una lista de personas supuestamente vinculadas a dichas tareas, colocando en situación de vulnerabilidad a las mismas y a sus familiares, llegándose al extremo de haber incluido en esos listados a personas que nunca participaron en esa clase de tareas.

A través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional, se ordenó: “Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983".

En los Considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia.

El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere.

En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial.

Bajo ninguna circunstancia debería revelarse un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial" y mucho menos publicarse en un medio gráfico de circulación masiva como la Revista XXIII.

Ese irresponsable y tendencioso accionar implica violación de secretos, falsedad ideológica y violación de los deberes de funcionario público, debiendo responder no sólo sus autores inmediatos sino también la Ministro de Defensa por su responsabilidad funcional “in vigilando” al omitir sus deberes de funcionario público.

Esta gravísima situación genera inseguridad y coloca en situación de vulnerabilidad e indefensión a todas aquellas personas cuya identidad debería haberse preservado, pues dicha sensible información únicamente debía brindarse ante determinadas circunstancias y condiciones a jueces que investiguen supuestas violaciones a los derechos humanos y al H. Congreso Nacional, a través de la Comisión Bicameral correspondiente

En efecto, quince días atrás, se difundió la extensa nómina del personal que revistó bajo la dependencia de la Jefatura de Inteligencia de Ejército durante el último gobierno militar, gracias a que la Jefatura de Inteligencia del Ejército proporcionó la información, entregándosela además a varios organismos de derechos humanos.

El listado, que fue publicado en una separata por el semanario Veintitrés, incluye 4300 nombres, de los cuales 1599 corresponden a agentes civiles de inteligencia (PCI) y 345 a militares. El documento lleva la firma del actual Jefe de Inteligencia del Ejército, General César Milani, y fue entregado al Juez Federal Ariel Lijo por el titular del Archivo para la Memoria, Ramón Torres Molina.

Reporteado por elargentino.com pocos días después de que se difundiera el documento, el Secretario General del Ejército, General Hugo Domingo Bruera aplaudió el hecho en los siguientes términos: “Es muy favorable y más aún teniendo en cuenta que la nómina del personal civil que revistió en el Batallón también fue firmada por el actual director general de Inteligencia, César Milani. ¿Por qué? Porque este tipo de apertura permite reflejar que el Ejército no tiene nada que ocultar. Es bueno que se conozca qué pasó y quién era cada uno. El actual Ejército no quiere cargar con mochilas de otra época, problemas que no nos pertenecen. Al contrario. Desde la Secretaría General estamos impulsando la política de despegue de los actuales oficiales de los antiguos problemas. Por eso, también lamentamos que en esa nómina se hayan filtrado algunas inexactitudes.” Esta afirmación evidencia el grado mayúsculo de irresponsabilidad al señalar abiertamente a personas que ni siquiera participaron de esas tareas de inteligencia, a la vez que hace trascender al público información sensible y privada, pudiendo instigar a la violencia contra personas supuestamente intervinientes en actividades represivas.

A modo de ejemplo, dejamos constancia que se involucró en dicho listado al difunto Tte. Coronel HORACIO FERNÁNDEZ CUTIELLOS, muerto en combate en el ataque a La Tablada, durante el gobierno del Dr. ALFONSÍN, vulnerando su memoria y afectando directamente a sus hijos y a su abnegada esposa, la Arq. LILIANA RAFFO DE FERNÁNDEZ CUTIELLOS, quien ha reclamado contra los aquí denunciados para que rectifiquen dicho “error”, sin obtener respuesta alguna.

Adelantamos que asumimos el rol de querellantes no solo como ciudadanos sino también en aras del interés difuso ínsito en el art. 43 de la Carta Magna local y Nacional, ya que hechos como los descriptos generan inseguridad en la población y resultan objeto de la organización no gubernamental A.R.I.E.L. somos todos.ong (ARGENTINA RECUPERA IDONEIDAD EN LIBERTAD, Inscripta en el CENOC bajo el nº 10427, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, cuya personería solicitamos se certifique a través de la página oficial que en Internet mantiene dicho Ministerio) que trabaja reclamando seguridad.

Proveer de conformidad,

SERA AFIANZAR LA JUSTICIA.

CARLOS ALFREDO TÓRTORA                   ENRIQUE A. PIRAGINI

            CPACF 55-865                                       CPACF 22-2

 

 

 

 
   

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