VISTO la Ley de Reestructuración de las FUERZAS ARMADAS N°
24.948, los Decretos Nros. 545, de fecha 6 de agosto de
2003, y 1336, de fecha 31 de diciembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.948, en su artículo 33, establece que
dentro de un plazo no mayor a TRES (3) años se deberá
completar la Reforma del Sistema, Educativo Militar;
asimismo, los Decretos Nros. 545/03 y 1336/03 establecen
atribuciones por las cuales el MINISTERIO DE DEFENSA es
responsable primario de la formación y capacitación de las
FUERZAS ARMADAS como parte de la responsabilidad que le
incumbe a la sociedad civil.
Que, en consecuencia, definirá las políticas educativas y
las estructuras de educación de las FUERZAS ARMADAS, que a
lo largo de gran parte del siglo XX se fueron separando del
sistema educativo nacional.
Que es fundamental impulsar, para lograr todos estos fines,
una profunda reforma de los procesos educativos que forman y
capacitan a los jefes y suboficiales de nuestras FUERZAS
ARMADAS, en coherencia con los principios republicanos que
obligan a nuestros ciudadanos a armarse en defensa de la
Patria, retomando el sentido profundo del servicio público
que encierra la función militar.
Que al mismo tiempo que pretendemos profesionalizar
adecuadamente a los encargados de la Defensa de la Nación,
también buscamos fortalecer el indispensable sentido de
ciudadanía que encierra la condición militar.
Que la educación para la defensa y la formación del
ciudadano militar constituyen dos conceptos que formarán
parte del nuevo sistema de educación, entendiendo así que el
currículum de la educación militar moderna exige variadas
disciplinas tales como ciencias básicas, sociología, derecho,
relaciones internacionales, derechos humanos, ciencias
políticas, informática, gestión pública, entre otras;
constituyendo, la interdisciplina, una exigencia de todas
las profesiones y de todas las funciones directivas.
Que las FUERZAS ARMADAS como parte integrante del proceso de
Reforma del Estado deberán ser funcionales a la democracia
y, por ende, es conveniente visualizar el tipo de formación
que requieren sus miembros para poder integrarse e
interactuar tanto con el gobierno como con la sociedad
civil; siempre en el marco de una política de Defensa tanto
local como regional y en consonancia con los procesos de
integración del Cono Sur.
Que histórica y tradicionalmente, los militares han tenido
como preocupación fundamental la preparación para la guerra,
alrededor de lo cual se diseñaron los programas de formación
y surgieron las doctrinas que sostienen la estrategia
militar y su aplicación táctica. Pero, además, el Estado
Democrático espera que los militares aporten al proceso de
reforma, cambio y proyección del Estado Democrático Moderno,
siendo para ello menester identificar las áreas donde se
concentra la necesidad de conocimiento, formación y
profesionalización de las FUERZAS ARMADAS para luego
establecer la fórmula política mediante la cual, también, es
esperable que los militares puedan desarrollar una función
de asesoría a los gobiernos democráticos civiles.
Que uno de los objetivos de la propuesta se encamina a la
creación de una verdadera conciencia nacional y a lograr
incrementar la sensibilidad de la ciudadanía sobre la
necesidad de participar activamente en la definición de una
política de Estado en materia de defensa nacional, formación
y capacitación de las FUERZAS ARMADAS que, sobre sólidas
bases de intercambio y participación con la sociedad civil,
permita encarar los cambios necesarios en la nueva etapa
institucional de nuestro país.
Que por todo lo expuesto precedentemente es fundamental
promover la mayor participación de la sociedad civil, del
Poder Legislativo y de los partidos políticos en la
construcción de nuevas políticas de defensa y nuevos modelos
de capacitación, formación y organización militar.
Que, seguramente, para construir este nuevo modelo deberemos
recurrir a aquellos que puedan aportar experiencia,
recomendaciones y el aporte de otras visiones
complementarias al proceso de reforma del sistema educativo
de las FUERZAS ARMADAS.
Que en este sentido es conveniente convocar a un Consejo
Consultivo de Expertos y Especialistas, el que, con su
aporte complementario de diferentes visiones y sugerencias
innovadoras podrá, sin duda, sentar las bases del proceso
educativo para las FUERZAS ARMADAS como política de Estado,
dada la diversidad de contextos sociales, políticos y
académicos de sus integrantes.
Que un Consejo Consultivo de Expertos y Especialistas para
colaborar en la Reforma Educativa de las FUERZAS ARMADAS y
en la formación y capacitación del recurso humano para la
Defensa Nacional y Regional debe ser parte de un sistema
institucional de consulta a la sociedad civil sobre la
materia mencionada, con el objetivo de ofrecer una visión de
la ciudadanía especializada sobre la realidad a la que se
refiere. Esta realidad no es estática, sino que por el
contrario cambia constantemente, pues está sujeta a
múltiples factores endógenos y exógenos, y estos cambios
deberán estar reflejados en el Consejo Consultivo y en las
diferentes aproximaciones que éste ofrecerá al MINISTERIO DE
DEFENSA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO
DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para el dictado de la
presente medida en virtud del artículo 4° de la Ley de
Ministerios ( t.o. 1992) y sus modificaciones.
Por ello,
LA MINISTRA DE DEFENSA RESUELVE:
Art. 1. — Créase el CONSEJO CONSULTIVO PARA LA REFORMA
EDUCATIVA DE LAS FUERZAS ARMADAS en el ámbito de la UNIDAD
MINISTRO del MINISTERIO DE DEFENSA. Dicho Consejo tendrá por
misión aportar experiencia, recomendaciones y otras visiones
complementarias al proceso de formación y capacitación de
las FUERZAS ARMADAS y del recurso humano para la Defensa
Nacional y Regional.
Art. 2. — Son objetivos del CONSEJO CONSULTIVO PARA LA
REFORMA EDUCATIVA DE LAS FUERZAS ARMADAS: a) Recabar,
analizar, procesar, compilar, publicar y difundir
información relevante periódica y sistemática de diferentes
fuentes nacionales e internacionales sobre las políticas
públicas de formación y capacitación de las FUERZAS ARMADAS
y recursos humanos para Defensa Nacional y Regional, con el
fin de contribuir al conocimiento de los cambios evolutivos
en la materia. b) Formular recomendaciones y propuestas
tendientes a mejorar los indicadores y sistemas de
información de los procesos de enseñanza-aprendizaje de los
Sistemas Educativos de las FUERZAS ARMADAS, proponiendo
políticas para mejorar los aspectos relativos a la
organización curricular, metodologías del proceso
enseñanza-aprendizaje, contenidos y bibliografías de las
mismas. c) Promover el desarrollo de actividades de
investigación, estudios y propuestas de legislación y de
políticas públicas tendientes a mejorar la formación y
capacitación de recursos humanos para la Defensa Nacional y
Regional. d) Recibir información y evaluar los resultados de
la aplicación de políticas educativas referidas a la
formación y capacitación de las FUERZAS ARMADAS y de
recursos humanos para la Defensa Nacional y Regional. e)
Generar un conocimiento integrado de experiencias que le
permitan participar y promover actividades de seminarios y
foros de debate y/o cursos de capacitación en las temáticas
de su competencia, fomentando el intercambio de experiencias.
f) Generar y coordinar una red de organizaciones y personas
expertas que hayan y estén trabajando en las temáticas
referidas a la Defensa Nacional y Regional.
Art. 3. — El CONSEJO CONSULTIVO PARA LA REFORMA EDUCATIVA DE
LAS FUERZAS ARMADAS estará presidido por el Ministro de
Defensa e integrado por los siguientes miembros: a) CUATRO
(4) integrantes en representación de las Universidades
Nacionales públicas o privadas; b) TRES (3) integrantes en
representación de la sociedad civil a través de las
organizaciones no gubernamentales especializadas en la
temática en cuestión; c) UN (1) integrante en representación
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; d) UN (1)
integrante en representación de la SECRETARIA DE ASUNTOS
MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA, y UN (1) integrante en
representación de la COORDINACION DE DERECHOS HUMANOS de
dicha jurisdicción; e) UN (1) integrante en representación
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO; f) UN (1) integrante en
representación del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA; g) UN (1) integrante en representación de la
Comisión de Defensa del H. SENADO DE LA NACION; h) UN (1)
integrante en representación de la Comisión de Defensa de la
H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; i) UN (1) integrante en
representación de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; j) UN (1)
integrante en representación del área de Planeamiento del
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS; k) TRES (3)
integrantes en representación de cada una de las FUERZAS
ARMADAS; l) UN (1) integrante en representación de la
ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL; y m) TRES (3) invitados
especiales que, a juicio del MINISTERIO DE DEFENSA, por sus
virtudes ciudadanas, valores y reconocimiento público, así
lo merezcan. Los mismos serán designados por cada
representación con carácter ad honórem.
Art. 4. — El CONSEJO CONSULTIVO PARA LA REFORMA EDUCATIVA DE
LAS FUERZAS ARMADAS emitirá
las sugerencias y propuestas necesarias y complementarias
para la consecución de la misión y objetivos establecidos en
la presente resolución. Asimismo, será el encargado de
designar anualmente, de entre sus miembros, al Secretario de
Actas; y, también anualmente, aprobará la agenda y el plan
de actividades anual subsiguiente.
Art. 5. — El funcionamiento del CONSEJO CONSULTIVO PARA LA
REFORMA EDUCATIVA DE LAS FUERZAS ARMADAS se regirá por los
siguientes criterios: a) Se reunirá periódicamente de
acuerdo a las necesidades con carácter ordinario y, con
carácter extraordinario, las veces que sea convocado por la
Presidencia del mismo. b) Podrá proponer la creación de las
subcomisiones de trabajo que estime oportuno, y que se
constituirán, previa aprobación por la Presidencia del mismo,
en función de la temática relacionada con los objetivos del
plan anual que se considere necesario analizar. A estas
subcomisiones de trabajo podrán incorporarse expertos de
reconocido prestigio, con el fin de elaborar los informes
técnicos pertinentes. c) Los aspectos no previstos en la
presente Resolución, se atenderán de acuerdo a lo dispuesto
en las normas de procedimiento vigentes en el MINISTERIO DE
DEFENSA. d) Los gastos que generen las actividades aprobadas
por la Presidencia del Consejo Consultivo para la Reforma
Educativa de las FUERZAS ARMADAS se atenderán de acuerdo a
las disponibilidades presupuestarias anuales de la misma.
Art. 6. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Dra. NILDA GARRE, Ministra de Defensa.
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Se trabaja sobre la hipótesis de la República Argentina como
reserva natural de la humanidad, no ya como república
independiente, con sus instituciones funcionando normalmente
conforme a un estado de derecho, sino a una entidad
gubernamental integrada por un gobierno central y los
gobiernos provinciales, subordinados a un poder hegemónico
mundial.
El informe trata específicamente el tema de las FF.AA.,
porque se lo considera una de las patas del sistema, que es
necesario aniquilar antes de llevar adelante este proyecto.
Punto 1: CAMBIO DE
IDENTIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS
Se desarticulan y desactivan las FF.AA. nacionales como las
conocemos en el presente, por una nueva organización todavía
no precisamente identificada, en el plazo de dos a tres años,
los estados mayores de las FF.AA. (coincidiría con la
reelección del presidente Kirchner), estarán integrados en
un solo organismo, conformado por representantes de Ejército,
Marina y Fuerza Aérea, utilizando las instalaciones del
edificio Libertador sede del Estado Mayor del Ejército.
Se maneja un efectivo total de las FF.AA. que no superaría
los 30.000 hombres, con una misión principal (sic) de lucha
contra el narcoterrorismo. Para su distribución se
utilizarían asentamientos regionales por provincias, con no
más de un regimiento por provincia.
También se reducirían los efectivos de gendarmería y
prefectura con misión principal sobre los ríos Paraná y de
la Plata y la frontera con Bolivia, Paraguay y Brasil.
Punto 2: LAS MILICIAS
PROVINCIALES:
Con responsabilidad y control de los gobiernos provinciales
para tareas de Defensa Regional. Estas milicias provinciales,
conformarán las futuras Fuerzas Armadas dependientes del
Ministerio de Defensa.
La Marina de Guerra dependería directamente del Ministerio
de Defensa, conservando únicamente sus asentamientos
tradicionales de Puerto Belgrano.
La Guarnición Aérea de Córdoba sería el único asentamiento
de la Fuerza Aérea y dependería directamente del Ministerio
de Defensa.
Tanto la Marina como la Fuerza Aérea tendrían un doble
control del Gobierno de la provincia de Buenos Aires y de la
provincia de Córdoba.
Punto 3: COLEGIO MILITAR
DE LA NACIÓN:
Quedaría como la Guarnición militar más importante en la
zona de la Capital Federal y del Gran Buenos Aires.
Se estudia una nueva categorización y reorganización de los
escalafones militares. Su misión principal sería la
formación de los oficiales del Ejército, hasta tanto las
provincias organicen sus propias instituciones de
reclutamiento. Formación ideológica dentro de un pensamiento
democrático de izquierda.
Punto 4: DISOLUCIÓN DEL
VICARIATO CASTRENSE
La Religión Católica no será más la religión oficial de las
Fuerzas Armadas se prevé el ingreso de personal de distintas
religiones.
Punto 5: OBRAS SOCIALES
DE LAS FUERZAS ARMADAS:
Se disuelven y se organizan en hospitales nacionales
dependientes de cada provincia.
Para el personal militar de la guarnición Buenos Aires
seguirá funcionado el Hospital Militar Central dependiendo
para su organización y funcionamiento del Ministerio de
Salud y de Defensa, para el resto del país, los hospitales
que determinen cada gobierno de provincia.
El personal retirado pasará a la órbita del Pami.
El Instituto de Ayuda Financiera se disuelve y asume sus
funciones la ANSeS.
La Mutual Sociedad Militar Seguro de Vida se disuelve y su
nuevo propietario sería un banco privado de primer nivel.
Punto 6: REGLAMENTOS
RELACIONES PUBLICAS Y PROTOCOLOS.
Las nuevas fuerzas armadas tendrán una nueva doctrina, cuya
confección quedará bajo la responsabilidad de los gobiernos
provinciales y del Ministerio de Defensa. La instrumentación
de los actos militares queda a cargo de los gobiernos
provinciales y municipales.
Se buscará reducir y minimizar al máximo la presencia
militar en el ámbito civil los días patrios.
CONCLUSIÓN:
Esto es una dura advertencia de los cambios que prepara el
gobierno mundial utilizando al gobierno nacional como
instrumento para llevarlos a cabo.
A partir de su conocimiento, la premisa principal es
resistir. Demás está decir que la ministra Garré (cuñada del
abatido terrorista ABAL MEDINA) es un agente del gobierno
mundial junto con Kirchner y Verbitsky.
El blanco principal no son las Fuerzas Armadas, ellas sólo
constituyen un objetivo secundario en este plan de
transformación de la República Argentina en un pedazo de
tierra productora de recursos, al servicio del gobierno
mundial.
EL “PLAN PERFECTO” PARA DESARTICULAR LOS LICEOS MILITARES
SIN OPOSICIÓN DIRECTA
ES INEVITABLE EL CIERRE DE LOS LICEOS MILITARES. LA
DESARTICULACIÓN PREVISTA SERÍA EJECUTADA PAULATINAMENTE CON
EL QUITE DE LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE SU ENSEÑANZA
CASTRENSE
LUEGO DEL ANÁLISIS EFECTUADO CON POSTERIORIDAD A LAS
OPERACIONES DE PRENSA, EL GOBIERNO HABRÍA DECIDIDO CONVERTIR
A LOS LICEOS MILITARES EN COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y
SECUNDARIA DESLIGADOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA, PERO SIN
APRESURAMIENTO NI PREPOTENCIAS; SINO QUE POR EL CONTRARIO,
CON LA SUSPICACIA DE LA PRUDENCIA Y LA ASTUCIA.
Las declaraciones de la ministro de Defensa, Nilda Garré, en
relación a la necesidad de desmilitarizar la educación
secundaria de los nueve liceos militares que existen en el
país, y transferir la misma que dependía directamente del
DIEBE (Dirección de Educación Básica de Ejército) al
Ministerio de Educación correspondiente a cada provincia, no
fue un anuncio congeniado minutos antes de su anuncio, sino
que por el contrario, constituyó la ejecución del esquema de
trabajo previsto dentro de la agenda del Ministerio Defensa
anual, lo que hace pensar seriamente en que el proyecto no
sería depuesto por la simple recomendación del gobernador de
Mendoza y ex liceísta (Liceo Militar General Espejo), Julio
César Cobos.
Como se conoce en el ámbito de inteligencia, las
declaraciones que desde el Gobierno aseguran dar “marcha
atrás” con la desmilitarización de los institutos castrenses,
constituyen las denominadas “operaciones de prensa”. Siendo
aún más precisos, la noticia del cierre de los
establecimientos militares habría sido con el objeto de
percibir la reacción de la gente y, desde allí, resolver de
qué manera sería más conveniente la forma de plantear su
cierre. A tales efectos, fuentes cercanas al Ministerio han
informado en forma privada que el traspaso de los liceos
militares a la esfera civil se habría definido realizar
paulatinamente con el objeto de evitar producir un “shock” a
sus egresados, cadetes y padres de actuales cadetes, debido
al brote producido luego de la primera noticia reproducida
por el diario La Nación.
Mediante el efecto de acostumbramiento, se nos ha comentado,
se logra disminuir la capacidad de previsión de los
resultados. Así, las características que hacen de los liceos
militares establecimientos de formación secundaria y de
oficiales de reserva del Ejército argentino, quedarían poco
a poco desplazadas por “seguridad de los menores”.
Por ejemplo, al llegar a 4º año, los cadetes no sólo reciben
para su uniforme el sable couteaux (símbolo del mando), sino
que conjuntamente pronuncian juramento a la bandera y
reciben el denominado Estado Militar. A tales efectos, los
cadetes de 4 º y 5º año realizan determinados días, que por
cuestiones de seguridad no referimos, guardia de prevención
en las unidades donde revisten. En los últimos días se ha
impartido una orden para que los cadetes NO REALICEN TAREAS
DE SEGURIDAD INTERNA, como lo es el caso de las guardias de
prevención. Es comentado que, con el pretexto de la edad de
quienes eligen formarse en los liceos militares, se sacaría
próximamente la instrucción de tiro y combate.
Es sumamente importante destacar que mientras para confundir
a la opinión pública la ministro de Defensa subraya que los
liceos militares son innecesarios, quienes forman parte, a
su egreso, lo hacen constituyendo un eslabón fundamental en
lo que hace a la estrategia de defensa nacional. Ello
responde a que no egresan simplemente como bachilleres
acorde a la ley federal de educación, sino que además lo
hacen como subtenientes de reserva del Ejército Argentino;
respondiendo a las exigencias de jefes de grupo frente a la
conducción dentro de una sección de combate en un conflicto
bélico.
Lo que sería en verdad más molesto para el plantel montonero
del Gobierno, es la misión que tienen los liceos, entre
otras, de contribuir a formar al ciudadano argentino de una
forma competente para integrarse dinámicamente en el medio
social, desde una concepción democrática y cristiana con
profundo sentido nacional e identificado con los valores
sustentados por las Fuerzas Armadas . Queda claro que el
acercamiento de las FF.AA. con la sociedad es una tarea que
a este gobierno, en particular, no le interesa.
* SON SUBTENIENTES DE RESERVA DEL EJÉRCITO ARGENTINO, entre
otros tantos destacados , DR. ALFONSÍN; ANZORREGUI (ex jefe
de la Side), GIL LAVEDRA (ex ministro de Justicia), Marcos
Milinkovic (jugador de vóley); “el gordo” MASA (captor del
ex presidente argentino ARAMBURU).
Fuente
http://www.periodismodeverdad.com.ar/no ... 100&id=750